Bogotá, 2 de noviembre de 2022. (@CEMPRE_COLOMBIA). La organización Compromiso Empresarial para el Reciclaje (Cempre), como referente técnico y movilizador de la economía circular en el país, informa sobre la inconveniencia para la promoción de la implementación de la economía circular que representa la redacción del Artículo 32 del Capítulo II de la propuesta de ley de reforma tributaria que se tramita actualmente en el Congreso de la República, “impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes” -específicamente en lo relacionado con la base gravable-.
En dicho apartado se detalla que “la base gravable del impuesto es el peso en gramos del envase, embalaje o empaque de plástico de un solo uso. La tarifa del impuesto es de 0,00005 UVT por cada (1) gramo del envase, embalaje o empaque”.
Esta redacción se considera inconveniente por las siguientes razones:
1. Al fijar la base gravable como el peso total de los envases y empaques plásticos, se estaría gravando nuevamente la fracción reciclada. Esto podría ser contrario a los principios de justicia tributaria, equidad y progresividad.
2. Gravar el peso total del envase y empaque sin diferenciar entre resina virgen o reciclada va en contravía de los principios y objetivos de la economía circular, ya que desestimula la incorporación del plástico reciclado en el mercado.
Cempre propone los siguientes ajustes a dicho articulado en pro de movilizar la economía circular del plástico en el país:
- Implementar tributos únicamente sobre las resinas vírgenes incorporadas al mercado para promover el aprovechamiento y la gestión circular deseada para este material y continuar impulsando la economía circular de manera sostenible y fortaleciendo la actividad de los recicladores de oficio.
- Incorporar en este artículo la destinación específica del impuesto recaudado hacia la promoción de la economía circular del plástico, como se plantea en la Ley 2232/22, incluyendo los programas de responsabilidad extendida del productor, aquellos que den cumplimiento a las metas del Artículo 17° de la Ley 2232/22 y los proyectos voluntarios que realicen los sujetos pasivos del impuesto orientados a la reducción de plásticos de un solo uso, el ecodiseño y la reincorporación en nuevos envases y empaques plásticos.
Lo anteriormente expuesto cuenta con cifras relevantes de apoyo: cada año, 700.500 toneladas de envases y empaques plásticos entran al mercado. De este número, se aprovechan 223.300 (32 %) y se reincorporan en nuevos envases y empaques 23.200 (3 %), según datos del Comité Consultivo del #PactoPorLosPlásticosColombia, una iniciativa coordinada por Cempre.
Por estas razones, ¡gravar el material reciclado reincorporado no es viable!